Ñuble

SAG llama a realizar la Declaración Anual de Hortalizas

El reporte de producción debe realizarse antes del 30 de diciembre y es esencial para prevenir plagas y resguardar los cultivos hortícolas.

Tomates, lechugas, cebolla, zapallo y zanahorias son algunas de las hortalizas más cultivadas en Chile, ya que, como base de la canasta de alimentación básica, tienen un alto consumo interno. Para que estas hortalizas lleguen a las mesas de Ñuble, el primer eslabón de la cadena es la producción de plantines hortícolas de buena calidad y para proteger este proceso estratégico, el Servicio Agrícola y Ganadero reglamenta los viveros de hortalizas, dada la importancia de la calidad fitosanitaria de los plantines para su comercialización, tanto para la producción interna como para los productores de exportación. “El SAG establece una serie de obligaciones que tienen un objetivo común, que es el de garantizar la sanidad vegetal”, indicó el director del Servicio en Ñuble, Osvaldo Alcayaga.

En este marco, una de estas medidas clave es la Declaración Anual de Producción, que las y los viveristas deben presentar anualmente al SAG a más tardar el 30 de diciembre.

“La declaración de anual de producción consiste en detallar la cantidad de plantas ya producidas durante el año por cada especie de hortaliza reglamentada”, indicó Paola Fierro, coordinadora regional de Viveros y Depósitos de Plantas, destacando que esta declaración permite conocer el volumen y la distribución de la producción de plantines, y de esa forma, permite evaluar riesgos, dirigir los esfuerzos de fiscalización de manera más eficiente y, lo más importante, tener trazabilidad en caso de detectar una plaga cuarentenaria. Un plantín sano en el vivero es la mejor garantía para una cosecha sana en el campo”, explicó la ingeniera agrónoma a cargo del programa de viveros del SAG región de Ñuble.

Esta obligación está contenida en la Resolución N.º 3346 del año 2016 que establece los requisitos fitosanitarios para los viveros de hortalizas. La norma define con precisión las especies reglamentadas, que incluye apio, brásicas (brócoli, coliflor y repollo), cebolla, cucurbitáceas (melón, sandía, zapallo y zapallo italiano); espinaca, lechuga, solanáceas (ají, berenjena, pimiento y tomate), zanahorias y los híbridos de las especies indicadas. También exige a los viveristas contar con un Programa Operacional, utilizar sustratos y semillas certificadas, y mantener rigurosos registros de producción, donde la declaración anual es el reporte final que consolida toda la actividad del vivero y permite al SAG cruzar información con las guías de despacho y los programas de control.

A dos meses de la fecha límite para cumplir con esta obligación, “hacemos un llamado a todos los productores de plantines a regularizar su situación y a cumplir con la declaración anual antes del 30 de diciembre. Esto no sólo evita sanciones, sino que es un acto de corresponsabilidad con la agricultura nacional”, recalcó el director regional del SAG.

El Servicio ha dispuesto de un formato específico para facilitar la presentación de esta declaración, el cual está disponible en sus oficinas a lo largo de todo el país.

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